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La Región de Murcia aplica rebajas fiscales y nuevas deducciones autonómicas para particulares y empresas


INYECLA Consultoría Inmobiliaria informa a sus clientes sobre las nuevas medidas fiscales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, muchas de las cuales ya están en vigor desde el 1 de enero, mientras que otras entrarán en aplicación el próximo 25 de julio de 2025. Estas medidas suponen un importante alivio fiscal tanto para familias como para emprendedores y empresas.

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Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados


En vigor a partir del 25 de julio de 2025

El Gobierno regional ha aprobado una reducción general del tipo impositivo en las operaciones de transmisión de bienes inmuebles y en los actos jurídicos documentados:

  • Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO): el tipo pasa del 8 % al 7,75 %.

  • Actos Jurídicos Documentados (AJD): baja del 2 % al 1,5 % para las primeras copias de escrituras públicas que formalicen transmisiones sujetas y no exentas de IVA.

Además, se amplía el concepto de joven empresario o profesional para aplicar el tipo reducido del 5 % en la adquisición de inmuebles destinados a domicilio fiscal o centro de trabajo.

El nuevo límite de edad será hasta los 40 años inclusive, y se extiende también a sociedades participadas íntegramente por jóvenes.



Impuesto sobre el Patrimonio


En vigor desde el 1 de enero de 2025

Desde comienzos de año, la escala del Impuesto sobre el Patrimonio se ha equiparado a la escala estatal. Asimismo, se ha introducido una bonificación específica que permite a los contribuyentes afectados por el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas satisfacer dicho tributo a través del propio Impuesto sobre el Patrimonio, mientras el impuesto temporal siga vigente.



Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)


En vigor desde el 1 de enero de 2025

La Región de Murcia ha ampliado y creado nuevas deducciones autonómicas que benefician directamente a las familias y a los contribuyentes con rentas medias. Entre las principales medidas destacan:

  • Personas con discapacidad: deducción aumentada de 120 € a 150 €, con límite de renta de 40.000 €.

  • Alquiler de vivienda habitual: ampliación del límite de renta hasta 40.000 €. El contrato debe presentarse gratuitamente en la Agencia Tributaria regional.

  • Enseñanza de idiomas: deducción del 15 % (máx. 300 € por hijo) para gastos en aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros desde infantil hasta FP.

  • Vehículos eléctricos y puntos de recarga: deducción de hasta 7.000 € por la compra del vehículo y 4.000 € por la instalación del punto de recarga.

  • Gastos ópticos para menores de 12 años: deducción del 30 % con un máximo de 100 €.

  • Actividades deportivas y saludables: deducción del 30 % (y del 100 % para mayores de 65 años) con un límite de 150 € anuales.

  • Gastos asociados a enfermedades raras: deducción de hasta 300 € con factura justificativa.

  • Inversión en entidades de economía social: deducción de hasta 4.000 €.

  • Gastos veterinarios: deducción del 30 % (máx. 100 €), con los mismos límites de renta.

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